Modelo 720 explicado: cómo los expatriados declaran activos en el extranjero en España (y las sanciones por hacerlo mal)
El Modelo 720 es la declaración de bienes en el extranjero para residentes fiscales en España. Quién debe presentarlo, qué declarar, plazos y sanciones tras el TJUE.

Este artículo es información general, no asesoría legal, fiscal ni migratoria. Las reglas y cifras cambian — verifique con una fuente oficial o un profesional autorizado antes de actuar.
Modelo 720 explicado: cómo los expatriados declaran activos en el extranjero en España (y las sanciones por hacerlo mal)
Si ya eres residente fiscal en España — o estás a punto de serlo — hay un formulario que destaca por encima de cualquier otro en la comunidad de expatriados: el Modelo 720, la declaración de bienes y derechos situados en el extranjero. No es una declaración de impuestos y, por sí solo, no te obliga a pagar ningún tributo. Sin embargo, te obliga a informar a la autoridad fiscal española (la Agencia Tributaria, o AEAT) sobre las cuentas bancarias, inversiones e inmuebles que posees fuera de España — y equivocarse ha resultado históricamente muy costoso.
Esta guía te explica quién debe presentarlo, qué declarar, los plazos y el régimen sancionador tal como queda tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que obligó a España a reescribirlo. Las normas y los umbrales cambian, así que trata esto como un mapa práctico, no como un sustituto de un asesor fiscal o abogado español habilitado.
Qué es realmente el Modelo 720
El Modelo 720 es una declaración informativa, presentada electrónicamente ante la Agencia Tributaria, en la que los residentes fiscales en España declaran los bienes que poseen fuera del país. Fue introducido por la Ley 7/2012 como parte del impulso de España contra la evasión fiscal offshore.
Es importante entender que:
No es un impuesto. No se paga nada por presentarlo.
Es independiente de tu declaración anual de la renta (IRPF, Modelo 100) y de la declaración del impuesto sobre el patrimonio (Modelo 714).
La presentación se realiza en línea a través del portal de la AEAT y, en la práctica, casi siempre requiere un certificado digital (Cl@ve o certificado digital) o un gestor que lo tramite en tu nombre.
Quién debe presentarlo
Debes presentar el Modelo 720 si se cumplen todas las condiciones siguientes:
Eres residente fiscal en España durante el año en cuestión (en general: pasas más de 183 días por año natural en España, o tus principales intereses económicos están aquí, o tu cónyuge e hijos menores residen aquí).
Tienes bienes fuera de España en una o más de las tres categorías de declaración que se describen a continuación.
El valor de los bienes en al menos una categoría supera el umbral de declaración (habitualmente citado en 50.000 € por categoría, pero confirma siempre la cifra vigente con la AEAT o tu asesor).
Esto aplica independientemente de si eres estadounidense, canadiense, británico, francés o de cualquier otra nacionalidad. Si eres residente fiscal en España, tu patrimonio mundial está en el ámbito de la declaración — aunque muchos de esos bienes no tributen en España.
Los no residentes (por ejemplo, alguien en España con un visado de corta estancia que no ha superado el umbral de los 183 días) no presentan el Modelo 720. Los contribuyentes acogidos al régimen de la Ley Beckham, que tributan como no residentes por las rentas de fuente extranjera, también están generalmente exentos del Modelo 720 durante los años en que se encuentran bajo ese régimen — aunque conviene confirmarlo con un profesional, ya que la interacción con otros formularios (como el Modelo 721 para criptomonedas) es compleja.
Las tres categorías de bienes
El Modelo 720 divide tus activos en el extranjero en tres "bloques" separados. Cada uno tiene su propio umbral y solo debes declarar un bloque si lo supera.
1. Cuentas bancarias en el extranjero
Cuentas corrientes, de ahorro, depósitos a plazo y cuentas similares abiertas en entidades financieras fuera de España. Se declaran los titulares, el banco, el IBAN o equivalente, la fecha de apertura, el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre.
2. Valores, derechos, seguros y rentas depositados en el extranjero
Es el bloque más amplio: cuentas de valores en el extranjero, acciones, bonos, fondos de inversión, ETFs, planes de pensiones extranjeros que se traten como bienes muebles, seguros de vida con valor de rescate y rentas vitalicias. Los planes 401(k), IRA, ISA, RRSP y vehículos similares suelen encuadrarse aquí — aunque la clasificación exacta depende del plan y es un punto habitual de confusión. Busca asesoramiento.
3. Inmuebles y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero
Cualquier propiedad inmobiliaria que poseas fuera de España, o derechos sobre ella (usufructo, nuda propiedad, multipropiedad de valor significativo). Se declara la ubicación, la fecha de adquisición y el valor de adquisición — no el valor de mercado actual.
Las criptomonedas custodiadas en plataformas extranjeras ya no se declaran en el Modelo 720. España creó un formulario específico, el Modelo 721, para las monedas virtuales en el extranjero. Si tienes criptomonedas fuera de España, consulta con tu asesor sobre el Modelo 721.
Cuándo presentarlo
El Modelo 720 cubre el año natural anterior y se presenta en el primer trimestre — tradicionalmente entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Es decir, la declaración correspondiente a los bienes de un año determinado vence el 31 de marzo del año siguiente.
Presentas tu primer Modelo 720 correspondiente al año en que te conviertes en residente fiscal. A partir de entonces, solo tienes que volver a presentarlo si:
Una categoría ya declarada aumenta en más de 20.000 € respecto a tu última declaración, o
Dejas de ser titular de un bien declarado anteriormente (por ejemplo, cierras una cuenta en el extranjero), o
Una nueva categoría supera el umbral.
Si no hay cambios sustanciales, no es necesario presentarlo cada año.
Las sanciones — y por qué fueron reescritas
Durante años, el Modelo 720 fue tristemente célebre por un régimen sancionador que los expertos jurídicos calificaban de desproporcionado: elevadas multas fijas por cada dato omitido o incorrecto, más el tratamiento de los bienes extranjeros no declarados como ganancias patrimoniales no justificadas sin plazo de prescripción, efectivamente gravables al tipo marginal más un recargo adicional.
En enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que el régimen sancionador español vulneraba el Derecho de la UE — concretamente la libre circulación de capitales — por ser mucho más severo que las sanciones equivalentes para el incumplimiento puramente doméstico. España modificó las normas mediante la Ley 5/2022.
Bajo el régimen vigente:
Se han eliminado el régimen específico de multas fijas desproporcionadas y el tratamiento "imprescriptible" (sin plazo de prescripción).
Los incumplimientos en la presentación, la presentación tardía o la presentación inexacta se sancionan ahora conforme a las normas generales de infracciones tributarias de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003).
Las sanciones siguen existiendo y pueden ser significativas, pero son proporcionales y están sujetas a los plazos de prescripción ordinarios.
En la práctica esto significa que: presentar fuera de plazo sin que haya habido un requerimiento previo de la AEAT suele tratarse con mucha más benevolencia que presentar solo después de que comience una inspección. Si te das cuenta de que debías haberlo presentado y no lo hiciste, presentarlo voluntariamente antes de que la AEAT contacte contigo es casi siempre la decisión correcta. Hazlo con un asesor fiscal.
Dado que el cálculo de las sanciones depende de tu situación específica, no te fíes de ninguna cifra concreta que leas en internet — incluida esta. Confirma la situación actual con la AEAT y un profesional habilitado.
Errores frecuentes de los expatriados
Asumir que las cuentas pequeñas no cuentan. El umbral de 50.000 € se aplica al total por categoría, no por cuenta. Diez cuentas pequeñas que sumen 55.000 € superan el umbral igualmente.
Olvidar las cuentas conjuntas. Si eres cotitular, generalmente debes declarar el saldo íntegro, no solo tu parte, e indicar el porcentaje de titularidad.
Clasificar mal los planes de jubilación estadounidenses. Los 401(k) y los IRA son un dolor de cabeza recurrente. No lo improvises.
Ignorar la regla del "incremento de 20.000 €". Muchos expatriados presentan el formulario una vez y creen que ya están al día para siempre. Si tu cuenta de valores en el extranjero ha crecido en más de 20.000 € desde tu última declaración, debes presentar un nuevo Modelo 720.
Confundir el Modelo 720 con las declaraciones de impuestos. No sustituye al IRPF ni al impuesto sobre el patrimonio. Algunos bienes que declaras en el 720 también generan rentas que debes incluir en el Modelo 100 y, posiblemente, patrimonio que tributa en el Modelo 714.
Ignorar el Modelo 721 para criptomonedas si tienes monedas en Coinbase, Kraken o plataformas similares no españolas.
Lista de verificación práctica
Determina tu condición de residente fiscal para el año en cuestión.
Obtén los extractos a 31 de diciembre y los saldos medios del cuarto trimestre de cada cuenta no española.
Enumera los brokers extranjeros, planes de pensiones y seguros con valor de rescate.
Reúne los documentos de adquisición de cualquier inmueble en el extranjero.
Anota tu porcentaje de titularidad en los bienes compartidos.
Convierte los valores a euros utilizando el tipo de cambio oficial de fin de año publicado por el BCE o el Banco de España.
Contrata a un gestor o asesor fiscal con experiencia en declaraciones de expatriados — el coste es moderado comparado con el riesgo de cometer errores.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar impuestos por lo que declaro? No por el Modelo 720 en sí. Pero las rentas que generan esos bienes (intereses, dividendos, alquileres, ganancias patrimoniales) pueden tributar en tu IRPF, y el patrimonio total por encima de ciertos umbrales puede activar el impuesto sobre el patrimonio.
Estoy acogido al régimen de la Ley Beckham. ¿Debo presentarlo? En general no, durante los años bajo el régimen — pero confirma con tu asesor, especialmente en lo relativo al Modelo 721.
¿Qué ocurre si me mudé a España a mitad de año? Presentas el formulario correspondiente al año en que te conviertes por primera vez en residente fiscal. Las reglas sobre días de presencia e intereses principales determinan ese año.
¿Puedo presentarlo yo mismo? Legalmente, sí. En la práctica, la mayoría de los expatriados utilizan una gestoría. El formulario es técnico y la clasificación de los productos extranjeros de jubilación e inversión no es intuitiva.
Las normas fiscales españolas, los umbrales y los regímenes sancionadores cambian. Antes de presentar el formulario o de actuar sobre cualquier información anterior, verifica la situación actual con la Agencia Tributaria (agenciatributaria.gob.es) y un asesor fiscal o abogado español habilitado.
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